El TSJ admite a trámite el contencioso de Compromís contra el distrito único para elegir colegio en la Comunidad Valenciana

El tribunal resolverá en una pieza separada si suspende o no cautelarmente el proceso de admisión iniciado ya en los centros educativos

Familias y escolares, el primer día de colegio.

Familias y escolares, el primer día de colegio. / Pilar Cortés

A. Fajardo

A. Fajardo

Nuevo golpe al distrito único del Consell de PP y Vox para elegir colegio e instituto el próximo curso independientemente de la zona de la ciudad donde residan las familias. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite el contencioso-administrativo presentado por Compromís contra el decreto que regula el proceso de admisión en los centros públicos y privados concertados que imparten enseñanzas en la Comunidad Valenciana. Un modelo que la izquierda y la Plataforma en Defensa de la Educación Pública han tachado de "segregador" e incluso de "racista" y que también ha sido cuestionado por el propio Ministerio de Educación por ver "ciertos aspectos que levantan discrepancias con la normativa básica».

El diputado autonómico de Compromís, Gerard Fullana, ha anunciado el fallo judicial y ha recordado que ya advirtieron de que este sistema "crearía situaciones racistas y esto se está dando ya tal y como han denunciado familias porque hay colegios que dan un punto extra a alumnos por haber nacido aquí, o por trabajos en la parroquia, o por los recursos económicos familiares". Los representantes de la coalición valencianista han tachado de «decreto ideológico» de la derecha y la extrema derecha el proyecto educativo que han impulsado el PP y Vox.

Un aula de un colegio de Alicante

Un aula de un colegio de Alicante / Pilar Cortés

Suspensión cautelar

El recurso interpuesto por Compromís pidió la suspensión cautelar del “DECRETO 48/2024, de 23 de abril, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y en los centros de Educación Especial, en la Comunitat Valenciana”, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el 24 de abril de 2024. Esta resolución judicial está fechada del 29 de mayo pero se ha hecho pública este lunes, cuando los colegios e institutos ya han iniciado el proceso de admisión para el próximo curso.

Y es que la presentación de peticiones de plaza en Infantil y Primaria, así como en centros de educación especial o unidades específicas en centros ordinarios, era del 30 de mayo al 6 de junio. Para el alumnado de Secundaria y Bachillerato empezó el 4 y acaba hoy.

El TSJ dictó que debe formarse una pieza separada de medidas cautelares para acordar lo procedente respecto de las solicitadas por el recurrente y dio hasta este lunes a la Conselleria de Educación de plazo para "defenderse".

"Libertad enmascarada"

Entre los argurmentos presentados por Compromís ante la justicia, la formación valencianista advirtió de que el decreto aprobado por la Conselleria "persigue todo lo contrario a lo promulgado en la LOMLOE, pues, con la creación de un distrito único, se aleja a las familias de obtener mayor puntuación por proximidad de su domicilio y con ello, se está impidiendo que muchas familias, sin recursos, no tengan las mismas oportunidades que el resto". Asimismo, Compromís ha esgrimido que el distrito único "se ampara en una libertad enmascarada ya que la supuesta libertad de elección de centro por todo el distrito único solo la tienen aquellos que disponen de los medios económicos necesarios para poder realizar la elección".

Desde la misma formación han alertado de que este sistem "genera una desigualdad importante entre el alumnado, beneficiándose indirectamente con ello a aquellos alumnos que tienen una renta más alta. Ello es así porque con la creación de un distrito único, solo los alumnos que dispongan de los recursos económicos necesarios, tales como, por ejemplo, vehículo propio, podrán elegir libremente el centro educativo de su elección mientras que los alumnos con rentas más bajas se verán limitados a los centros existentes dentro de su ratio de movilidad que, básicamente, se reduce al barrio en el que residen".

Con el distrito único, los padres y madres ya no tendrán que limitarse a escoger entre los colegios que estén cerca de sus casas o trabajos, ahora bien, la Generalitat Valenciana mantendrá la baremación que había hasta ahora para la admisión de los alumnos en cuanto a la proximidad (de 5 a 10 puntos), así como por la existencia de hermanos (15 puntos). Además de acabar con la zonificaciónaumentará la puntuación a las rentas más bajas, a las familias monoparentales y numerosas, así como a los deportistas de élite, alumnos que compatibilicen las clases con estudios de música o de danza

Más puntos para las rentas bajas

Así, la principal novedad es el incremento de puntos en la renta per cápita de la unidad familiar (sin ser persona beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión), de acuerdo con el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), correspondiente a 14 pagas, en relación con el ejercicio fiscal anterior en dos años al año natural en que se solicita plaza. En el caso de las rentas más bajas se pasará de los 3,5 puntos actuales a 7 puntos.

También se produce un aumento en la valoración de las personas destinatarias de la Renta Valenciana de Inclusión, ya que se pasa de 4 a 7 puntos; y la puntuación cuando los padres, madres o tutores o tutoras legales sean personal de plantilla en activo del centro educativo aumenta de 5 a 7 puntos.

Por otro lado, se valora la condición legal de familia numerosa especial con 7 puntos (frente a los 5 actuales) y general (con 5 puntos frente a los 3 de ahora). Además, el alumnado nacido en parto múltiple contará 1 punto por cada hermano o hermana nacido en el mismo parto.

También se incrementa el peso de las familias monoparentales de régimen especial (7 puntos frente a los 5 de ahora) y general (5 puntos frente a los 3 actuales).

Un punto extra polémico

Una de las novedades que más críticas ha suscitado desde el primer día ha sido la recuperación, tras ocho años sin esta opción, del punto extra que podrán dar los centros escolares por circunstancias específicas.

Como ya publicó este diario, alrededor de 44 colegios de la provincia de Alicante han decidido priorizar a alumnos de familias trabajadoras, mientras que más de un centenar premiará con este punto a hijos de antiguos alumnos, la mayoría tienen en cuenta a los padres, pero también a los nietos y tíos abuelos porque se admite hasta el cuarto grado de consanguinidad. 

Además, hay colegios concertados, de la Vega Baja y de la capital alicantina que priman a la hora de admitir al alumnado cuyos progenitores sean trabajadores de un centro educativo que tenga ideario católico o a hijos de antiguos alumnos de colegios cuya titularidad corresponda a la Diócesis o a una congregación religiosa. También está el caso de un centro, el de Benijófar, que da ese punto a los nacidos en el municipio.

Por estas cuestiones, el Síndic de Greuges está investigando si existe discriminación en el punto extra que la Administración autonómica ha permitido que concedan los centros educativos al alumnado por «circunstancias específicas». El Defensor del Pueblo ha admitido a estudio la queja presentada por la Confederación Gonzalo Anaya (integrada por tres federaciones provinciales de asociaciones de padres y madres: FAPA-València, FAPA Penyagolosa de Castellón y FAPA Enric Valor de Alicante) por "favorecer situaciones familiares que no respetan el principio de acceso en condiciones de igualdades a las familias participantes en la admisión (artículo 3.1 Principios Generales Decret 48/2024) y que incurren en discriminaciones, incumpliendo el artículo 3.2. que dicta que en ningun caso habrá discriminación de ningún tipo», explica la entidad que representa a las familias.

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