El TSJ confirma las indemnizaciones de 330 millones en Serra Gelada y rechaza las aclaraciones del Ayuntamiento de Benidorm

El Tribunal Superior recalca que la responsabilidad de la Generalitat Valenciana no ha sido objeto de debate en esta fase del procedimiento

Condena histórica en Benidorm

INFORMACIÓN

J. A. Martínez

J. A. Martínez

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) ha desestimado las aclaraciones pedidas por el Ayuntamiento de Benidorm y ha confirmado la condena a pagar una indemnización de cerca de 330 millones de euros por la protección del entorno de Serra Gelada, según el auto al que ha tenido acceso este diario. La resolución de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso solamente admite una rectificación de un error material de la polémica sentencia en la identificación de una de las parcelas afectadas, pero mantiene el resto de los pronunciamientos de la resolución. Entre ellas, la cuantía de las indemnizaciones, así como las fechas en las que se tienen que aplicar los intereses legales. El auto del TSJ rechaza también la petición de aclaraciones sobre la posible responsabilidad de la Generalitat Valenciana en estos hechos, al dejar claro que la administración autonómica no forma parte en este procedimiento. Con esta resolución, el plazo de treinta días para presentar recurso al Tribunal Supremo contra la sentencia se pone en marcha. El Ayuntamiento de Benidorm ya anunció que iba a acudir a la casación.

Como ya publicó este diario, el TSJ condenó al Ayuntamiento de Benidorm a indemnizar con 283 millones de euros, más otros cincuenta millones en concepto de intereses, a la familia Murcia Puchades por la pérdida de derechos de edificación en el entorno protegido de Serra Gelada. Los afectados eran los propietarios de la mayor parte del suelo afectada por la protección y que hasta ese momento tenía la condición de urbanizable, y fue bautizado como el APR-7. Entre la administración local y los propietarios se firmó un convenio por el que se establecían medidas de compensación a cambio de la protección del entorno. El Ayuntamiento se comprometía a darles compensaciones urbanísticas en otros grandes parciales del municipio, entre los que se encontraba el de Armanello. Sin embargo, estas compensaciones no se llegaron a materializar, motivo por el que los propietarios acudieron a los tribunales a reclamar una compensación. Un juzgado de Alicante estableció en 683.000 euros el precio de la indemnización en una primera sentencia, pero en el recurso presentado por éstos ante el TSJ, la sala estableció el criterio de valoración del suelo de los demandantes y elevó esta cantidad hasta los 283 millones. La cuantía de las indemnizaciones podría causar un gran quebrante para las cuentas municipales, ya que el presupuesto de la corporación de este año asciende a 166 millones. O sea, Benidorm va tener que pagar el equivalente a dos presupuestos municipales para cubrir esta cifra.

Fuentes del entorno de la familia Murcia Puchades señalaron que los propietarios del suelo siguen teniendo la voluntad de negociar y de llegar a acuerdos con el Ayuntamiento, pero recalcando que "no se puede pretender negociar cuando todo el proceso judicial haya acabado y solo quede cumplir con lo que haya dictaminado la Justicia". En este sentido, el abogado Domingo Monforte, que representa en este proceso a las promotoras Murcia Puchades Expansión y Urban Villajoyosa, aseguró que la resolución del TSJ "es la que esperábamos", recalcando que no se entiende qué era lo que pretendía el Ayuntamiento con esta solicitud de aclaraciones, algunas de ellas fuera de lugar en esa fase del procedimiento.

Responsabilidad de la Generalitat

Una de ellas era la pretensión de aclarar cuál era la responsabilidad de la Generalitat Valenciana en el proceso de la protección de Serra Gelada. La solicitud del Ayuntamiento contó con la inmediata respuesta de los servicios jurídicos de la Administración Autonómica, que dejaba claro que "el objeto de este procedimiento es un acto administrativo del Ayuntamiento de Benidorm que estima parcialmente una reclamación de indemnización contenida subsidiariamente a una compensación en aprovechamientos urbanísticos en el convenio firmado por éste y la parte actora, por lo que no cabe en un momento procesal posterior pretender una extensión subjetiva de la responsabilidad que constituye la materia objeto del procedimiento a la Generalitat Valenciana". Argumento que también acepta el TSJ recalcando que "no ha sido objeto de debate" la posible responsabilidad de la Administración autonómica en el procedimiento. El auto señala que esta cuestión también quedó zanjada en la sentencia. El Consell denunciaba que no tuvo intervención alguna en el proceso de negociación del convenio, que se negoció entre ayuntamiento y propietarios. El auto rechaza otras rectificaciones que había pedido el Ayuntamiento de Benidorm rechazando que existiera confusión en el importe de la condena, ni en el cálculo de los intereses. En este sentido, la sala apostilla que también daba por zanjadas estas cuestiones en la sentencia.

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