El Ayuntamiento de Elche pagará más de 650.000 euros para cumplir la sentencia por los terrenos de l'Aljub

La Administración local admite el fallo del TSJ y abonará 400.000 euros más 260.000 euros por intereses legales desde 2006

Una de las zonas de aparcamientos del Centro Comercial l'Aljub.

Una de las zonas de aparcamientos del Centro Comercial l'Aljub. / Sergio Ferrández

El Ayuntamiento de Elche asumirá, 18 años después, la sentencia por los terrenos de l'Aljub y tendrá que pagar más de 650.000 euros, de los cuáles 260.000 euros serán por el pago de intereses legales desde 2006. La junta de gobierno ha aprobado dar cumplimiento al fallo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del 9 de noviembre de 2023. Desde del Ejecutivo indican que harán frente al pago para después requerirle a los propietarios el pago de forma subsidiaria.

El TSJ reconoció a Cecosa Hipermercados (la mercantil que absorbió a Erosmer Ibérica) su derecho a percibir una indemnización por las obras ejecutadas para la urbanización del plan parcial y programa del sector urbanístico E-7, el Polígono l'Aljub, que data de 1997 y que dio lugar al que fue el primer centro comercial en Elche en 2003, siendo entonces alcalde de la ciudad el socialista Diego Macià. T

Tres años después de aprobarse este sector, pero antes de la apertura de la infraestructura, la Generalitat autorizó en la entrada al siglo XXI un proyecto que dejó pendiente hasta la revisión del PGOU a falta de informe que finalmente fue positivo.

Aunque la mercantil pedía 1,085 millones de euros, el fallo desestimó más de la mitad de la reclamación, un total de 681.692,52 euros.

Estado en el que se encuentra la zona urbanizada de l'Aljub al cabo de 20 años del proyecto en Elche

Estado en el que se encuentra la zona urbanizada de l'Aljub al cabo de 20 años del proyecto en Elche / INFORMACIÓN

Proceso urbanístico

Veintisiete años después de aquel proyecto, el pago de esta sentencia cerrará un proceso urbanístico que supuso la construcción del primer centro comercial de la ciudad, envuelto durante años en una polémica por las irregularidades del procedimiento, conocidas con posterioridad, al punto de que en octubre de 2003 y a instancias de algunos vecinos afectados, el TSJ declaró nulo el acuerdo de pleno del Ayuntamiento que había aprobado seis años antes el plan parcial que incluía proyecto de urbanización, reparcelación y convenio urbanístico. También hubo otra sentencia que dijo, a instancias de la Asociación para la Defensa del Comercio de Elche (Adeco) que el permiso aprobado para la apertura de la instalación comercial incumplía la ley al ser necesaria la aprobación con carácter previo a la aprobación del plan de actuación integrada, un trámite que en este caso se hizo al revés.

Tal y como ya recordó este diario, el argumento de aquella sentencia fue que el PAI de "adjudicación preferente", dice el fallo, al agente urbanizador (Erosmer Ibérica) debía de haber estado suscrito por todos los propietarios afectados, lo que no concurría al caso, aunque sí hubo una mayoría. Dicha sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo cinco años más tarde, lo que obligó al agente urbanizador a desistir de una tramitación en la que se había gastado 1.085.930,15 euros y que estaba concluida. Ahí nace el objeto de este procedimiento, en la reclamación que hizo de la cuantía, porque se encontró con el silencio de la administración a la hora de pagar en 2008 durante el mandato del alcalde socialista Alejandro Soler.

Negociaciones

Durante los años siguientes, dice la sentencia, se intentó llegar a un acuerdo extrajudicial entre las partes que nunca se produzco. De hecho, el equipo de gobierno cambió de signo político tres años más tarde, con la llegada del PP de Mercedes Alonso. En mayo de 2015, en los últimos días de gobierno de la regidora popular, el asunto incluso se archivó de forma provisional a expensas de la empresa, que solicitó al juez una paralización, porque estaba inmerso en unas negociaciones que nunca fructificaron.

La empresa planteó dos años y medio más tarde, en febrero de 2018, y así consta en autos, a los nuevos responsables municipales una renuncia al cobro de parte de la deuda. Sí solicitaba 404.237,63 euros por los trabajos ejecutados, pero otros 681.692,52 euros, considerados como costes suplementarios, que eran las modificaciones hechas al proyecto.

Terrenos que se urbanizaron en el sector E-7, junto al centro comercial del l'Aljub que se impulsó en Elche gracias al proyecto

Terrenos que se urbanizaron en el sector E-7, junto al centro comercial del l'Aljub que se impulsó en Elche gracias al proyecto / INFORMACION

Ni contestó

El gobierno municipal no contestó y tres meses más tarde el asunto volvió al juzgado a petición del agente urbanizador. Con ello, Erosmer volvió a reclamar el total: 1.085.930,15 euros en concepto de "obra pública de urbanización pendiente de abono". Hace tres años hubo una primera sentencia que inadmitió el recurso de la mercantil al considerar que había pasado un plazo de dos años para pedir la reanudación sin ejercitar el derecho por lo cual lo dio por abandonado. Eso dio lugar a la apelación ahora conocida. El TSJ aclara precisamente esta cuestión y dice que abandonar la instancia no significa el abandono del derecho, solo del proceso. "Tendría razón las partes demandadas/apeladas si la administración hubiera dado respuesta a la petición de 2008, pero al no dar respuesta podemos preguntarnos, ¿qué quedó firme?".

Finca afectada

Dice la sala que el urbanizador intentó sin éxito cobrar las cuotas a los propietarios y que "ante la imposibilidad, presentó liquidación al Ayuntamiento, señalando las cuotas que faltaban por abonar y solicitando la vía de apremio", pero el consistorio ilicitano nunca actuó, pese a que el impago daba lugar a la "ejecución forzosa de su liquidación a través de la administración actuante y en beneficio del urbanizador, sobre la finca afectada".

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