Ocho años de cárcel tras una persecución por drogas por las calles de Elda

El procesado abandonó el vehículo tras embestir a dos coches y tratar de atropellar a un policía en su huida, pero se dejó el DNI olvidado

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante que ha dictado la sentencia.

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante que ha dictado la sentencia. / José Navarro

J. A. Martínez

J. A. Martínez

La Audiencia de Alicante ha impuesto penas que suman más de ocho años de prisión a un acusado que embistió a otros dos vehículos con el coche conducía y había tratado de arrollar a un agente de la Policía Nacional durante una persecución por tráfico de drogas por las calles de Elda en junio de 2021, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El acusado, en su huida, arrojó paquetes con cocaína del interior del vehículo, que después dejó abandonado en una calle del municipio. Sin embargo, dentro del coche, se dejó olvidadas su cartera y su DNI, pista que sirvió a la Policía para esclarecer su identidad y detenerle cinco meses después.

El fallo considera probado que era el acusado quien conducía el vehículo que se vio implicado en la persecución policial el día de los hechos. El acusado estaba dentro del coche estacionado en una vía del municipio, y se percató de la presencia de un coche patrulla. Al ver que los agentes se acercaban hacia él, arrancó el motor y empezó a conducir a toda velocidad, lo que motivó que los policías le diesen la orden de parar. Sin embargo, el procesado hizo caso omiso de estas órdenes y dio un giro brusco para esquivar el coche de la Policía y comenzó una huida por varias calles de la ciudad.

En esa fuga se dirigió contra un agente, que trataba de cerrarle el camino y que tuvo que dar un salto para apartarse y evitar ser arrollado. Durante la huida, el procesado embistió a otro vehículo que le obstaculizaba el paso, provocando una lesión cervical a su conductora. La Sección Primera añade que, sin interrumpir la marcha, el acusado lanzó por la ventana del vehículo dos paquetes que permanecían en su poder, y que fueron interceptados por otro agente.

Según el tribunal, el análisis de la sustancia que contenían permitió constatar que el primer paquete almacenaba 99,8 gramos de cocaína con un grado de pureza del 83 %, que habría alcanzado un valor de 11.179,99 euros en el mercado ilícito. El segundo bulto también contenía 99,38 gramos de cocaína con un grado de pureza del 27,7 %, cuya venta habría generado un rédito de 5.156,66 euros. Los magistrados también consideran probado que, después de desprenderse de la droga, el conductor siguió su fuga hasta embestir a un segundo vehículo que se interponía en su camino, aunque sin llegar a provocar lesiones a su ocupante.

Coche abandonado

La Policía localizó minutos después el coche abandonado y con las llaves puestas, sin presencia del encausado. No obstante, los agentes hallaron en su interior su DNI y una tarjeta de crédito, lo que facilitó su identificación y detención posterior. El procesado sostenía, durante su declaración en el juicio, que él no era la persona que conducía el vehículo ese día, porque estaba fuera del municipio. Según su versión, había usado ese mismo coche en el pasado y no se había dado cuenta de que se la había dejado olvidada en el interior, porque no la había necesitado.

Los jueces consideran acreditada su participación en los hechos, no sólo por el hallazgo de su documentación en el vehículo, sino también por el hecho de que fue identificado por los agentes que intervinieron en su persecución. Éstos aseguraron que el acusado era quien conducía, aunque presentaba una imagen de deterioro respecto a la fotografía que aparecía en el DNI.

La Audiencia de Alicante considera al procesado autor de un primer delito contra la seguridad vial, castigado con seis meses de prisión. Además, le atribuye un segundo delito de atentado contra agentes de la autoridad, por el que añade la pena de tres años y un día de cárcel. En tercer lugar, le considera autor de un delito de lesiones dolosas, por el que acuerda otra condena de dos años de privación de libertad. Y le suma otro delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud con otra pena de tres años de prisión y multa de 80.000 euros. Por último, también le considera autor de un delito de daños, por el que se le impone la pena de seis meses de multa, con cuota diaria de seis euros.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.