CALLOSA DE SEGURA

El Tribunal de Cuentas descarta irregularidades en la gestión de la exsecretaria de Callosa demandada por el alcalde

El tribunal especial descarta responsabilidad en la exhabilitada a la hora de reclamar el reingreso de sueldos incorrectamente percibidos por diez funcionarios porque los decidió el pleno en 2019 y además ya no ejercía cuando el Ayuntamiento se los reclamó a los empleados dos años después

Fachada principal del Ayuntamiento de Callosa de Segura

Fachada principal del Ayuntamiento de Callosa de Segura / Tony Sevilla

D. Pamies

D. Pamies

El Tribunal de Cuentas ha descartado que la exsecretaria del Ayuntamiento de Callosa de Segura tuviera algún tipo de responsabilidad por alcance a la hora de reclamar el reingreso de un aumento de sueldo indebidamente cobrado por error por un grupo de funcionarios.

El asunto fue denunciado por el alcalde Manuel Martínez Sirvent (PP) durante su primer mandato municipal coincidiendo con el desencuentro del equipo de gobierno con la entonces máxima responsable del funcionariado. Las costas del procedimiento las paga el municipio.

Conducta dolosa

"No aprecia el Tribunal de Cuentas, en consecuencia, una conducta dolosa o culposa de la demandada, durante el periodo comprendido entre el día 31 de enero de 2019 (fecha de adopción del acuerdo controvertido) y el 20 de febrero de 2020 (fecha de renuncia a los puestos de secretaria e interventora), que ocasionara, por acción u omisión, un perjuicio a los fondos públicos del Ayuntamiento de Callosa de Segura, por lo que no cabe imputarle la responsabilidad contable pretendida", dice la resolución. Ni el presupuesto, ni la plantilla de personal ni la relación de puestos de trabajo en la que figuran los puestos afectados por el incremento retributivo fueron impugnados ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Dejación de funciones

El Tribunal de Cuentas descarta que María Dolores Ramón Gil incurriera en dejación de sus funciones por la falta de advertencia de ilegalidad en el pleno del 31 de enero de 2019, en la que se aprobaron incrementos retributivos "injustificados para determinados trabajadores" a través de una modificación de la relación de puestos de trabajo (RPT), como responsable jurídico administrativa y de control presupuestario, y en la ejecución posterior del acuerdo adoptado por el abono de las nóminas que incluían. Martínez Sirvent, según la resolución, señalaba a Dolores Ramón Gil como responsable última perjuicio económico causado a los fondos municipales valorado en algo más de 13.000 euros.

Responsable contable

El Tribunal señala que no cabe considerar responsable contable a la demandada por el abono de los incrementos retributivos porque se derivan de "un acuerdo válidamente adoptado por el pleno de la Corporación", que era el responsable último del acuerdo.

La demandada, en su condición de interventora, no podía realizar reparos al pago de las sucesivas nóminas, pues éste derivaba del cumplimiento obligatorio del acuerdo de 31 de enero de 2019.

Además, para cuando el equipo de gobierno quiso reclamar los que no había logrado reingresar para el caso de cinco empleados públicos, la fedetaria ya no trabajaba en el Ayuntamiento. La secretaria dejó su puesto en febrero de 2020 y el Ayuntamiento anuló la modificación de la RPT en octubre de ese año.

El pleno, no la secretaria

La ilegalidad, mantiene la resolución, de los acuerdos del pleno debería dirimirse en la jurisdicción Contencioso-Administrativa, y no el de la exigencia de responsabilidad en un procedimiento de reintegro por alcance, dirigido contra el que ordenó los pagos -la secretaria- amparados por esos acuerdos.

Pleno del Ayuntamiento de Callosa de Segura durante el actual mandato

Pleno del Ayuntamiento de Callosa de Segura durante el actual mandato / Tony Sevilla

RPT

El asunto arranca durante el final del mandato del gobierno de coalición de izquierdas. La subdelegación del Gobierno consideró que eran irregulares los incrementos retributivos que supuso la modificación de la RPT del Ayuntamiento en aquel pleno de 31 de enero de 2019 se produjo en diez puestos de trabajo.

Más de dos años después, en abril de 2022, Martínez Sirvent llevó el asunto al Tribunal de Cuentas, poniendo de manifiesto presuntos pagos indebidos a empleados en los ejercicios 2019 y 2020 por importe de 14.440. 9.434,75 euros se pagaron en el ejercicio de 2019 y 3.828,57 euros en el de 2020.

Inicialmente, se consideraron presuntos responsables contables directos a quienes tenían atribuida la competencia para la gestión del otorgamiento, control y justificación de los pagos realizados. Como suele acudir en ocasiones con las denuncias en este tribunal de jurisdicción especial, con efecto boomerang incluido, el principal demandado termina siendo incluido entre los responsables del perjuicio a las arcas municipales.

El propio demandante

Y este fue el caso porque el Tribunal terminó por señalar al propio Manuel Martínez, a tres interventores que pasaron por el área económica municipal durante ese periodo a los concejales de Hacienda del gobierno de izquierdas y del actual y a un funcionario responsable del área de recursos humanos aunque finalmente se centró en la funcionaria.

El Tribunal llegó hasta el final y abrió juicio ordinario -exclusivamente para determinar si había alcance- contra doña María Dolores Ramón Gil, secretaria-Interventora del Ayuntamiento en el momento en que ocurrieron los hechos, en reclamación de 13.263,32 euros en concepto de principal, por el perjuicio causado a dicho Ayuntamiento, y del pago de los intereses legales y costas procesales. Se admitió la demanda del Ayuntamiento de Callosa del Segura. Sin embargo, el Ministerio Fiscal no vio causa y no se personó.

Argumentos del Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Callosa de Segura sostuvo que la fedataria no emitió informe jurídico sobre la modificación de la RPT de 2019, no remitió, durante todo el periodo en que ejerció como secretaria, copias o extractos de los acuerdos plenarios a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad Autónoma, lo que hubiera permitido la revisión del acuerdo de 31 de enero de 2019 por la Subdelegación del Gobierno y su anulación con anterioridad al momento en que se produjo. Puesto que si hubiera sido así, se habrían evitado los abonos de los incrementos retributivos aprobados en dicho acuerdo. Esos incrementos fueron aprobados por la mayoría absoluta del pleno en ese momento.

Reintegro parcial

Por otra parte, el propio Ayuntamiento de Callosa de Segura aclara en la demanda que se han reintegrado, por vía voluntaria o de apremio, los importes reclamados a cinco trabajadores. Respecto a los otros cinco trabajadores afectados el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Elche, declaró la prescripción de la acción para reclamar los pagos indebidos. En definitiva, el Ayuntamiento llegó tarde.

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