Barcala afirma que no hay pruebas de "ruido excesivo" en las casas de la calle Castaños

El gobierno local recurre la sentencia que obligaba a declarar la zona como acústicamente saturada pese a que afirma que aplicará la medida igualmente

Alroa y dos negocios particulares también elevan la decisión al Tribunal Superior de Justicia

El juez da la razón a los vecinos y establece que la calle Castaños deberá ser declarada ZAS

INFORMACIÓNTV

Alejandro J. Fuentes

Alejandro J. Fuentes

El Ayuntamiento de Alicante y los hosteleros de la calle Castaños elevan el conflicto por el ruido al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana. Tanto el gobierno local como la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (Alroa) y otros dos negocios independientes han planteado cuatro recursos contra la sentencia del Contencioso-Administrativo que imponía una Zona Acústicamente Saturada. El Ayuntamiento, por su parte, aunque asegura que aplicará la ZAS, busca evitar posibles indemnizaciones a los vecinos por la vulneración de derechos fundamentales.

A principios de mes, el juez dio nuevamente la razón a los vecinos al asegurar que los niveles de ruido en la céntrica vía son incompatibles con el derecho al descanso, lo que vulnera los derechos fundamentales de los residentes. Es precisamente esa afirmación, la que considera probada la vulneración de derechos, la que ha motivado que el gobierno local haya decidido acudir igualmente al TSJ.

En un comunicado, el ejecutivo que dirige Luis Barcala ha señalado que "no se ha aportado ninguna prueba concreta del nivel de ruido excesivo en el interior de las viviendas", por lo que los servicios jurídicos municipales sostienen que "no ha quedado acreditada ninguna prueba de contaminación sonora en los domicilios de los demandantes". Además, el escrito del gobierno local entiende que la sentencia no ha tenido en cuenta que los registros de decibelios "han bajado considerablemente" desde 2022.

El vicealcalde, Manuel Villar, ha reiterado en las últimas semanas que la intención del Ayuntamiento es reducir los horarios en la zona, como ya se dejó ver con la propuesta para la ordenanza de Ocupación de Vía Pública, en la que el PP buscaba adelantar el cierre de las terrazas. Sin embargo, el hecho de reconocer dicha vulneración fundamentales podría abrir la puerta a que cualquier residente de la zona reclamase una indemnización por dicho motivo.

Aunque el plazo para plantear recursos expiraba el 28 de mayo, el gobierno local contaba con una semana de "tiempo extra" al haber solicitado previamente una aclaración de sentencia al Contencioso-Administrativo. No obstante, el Ayuntamiento ha optado por no agotar los plazos, registrando su escrito este mismo martes.

Los hosteleros también apelan

Los hosteleros, por su parte, acudirán al TSJ para tratar de evitar la declaración de la zona como "acústicamente saturada", lo que abriría la puerta a medidas restrictivas como una reducción de horarios o del tamaño de los veladores.

A los representantes de Alroa, que ya anunciaron su intención de plantear recurso el mismo día que se dio a conocer la sentencia, se han unido también los de dos negocios particulares, por lo que, a la espera del Ayuntamiento, serán tres los recursos contra la decisión judicial que reconocía la vulneración de derechos fundamentales en el entorno.

En cuanto a los motivos, el recurso de Alroa, al que ha tenido acceso este diario, se enumeran hasta siete motivos por los cuales se entiende que la sentencia debería ser revocada. Entre ellos, varios defectos de forma como el domicilio de la parte demandante, que según Alroa no estaría ubicado en la calle objeto del conflicto. Además de cuestionar la validez de las mediciones de los sonómetros instalados en la zona, el documento señala también que "no se ha acreditado con el informe pericial una lesión real y efectiva de los derechos fundamentales", como sí se apunta en el fallo.

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