Ayudas compatibles con el subsidio para mayores de 52 años: sólo son dos

Consulta cuáles son las ayudas que puedes cobrar

Cambios en los subsidios por desempleo: así puedes conseguir los 570 euros mensuales

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Eneko López Rico

Eneko López Rico

El subsidio para mayores de 52 años es una prestación económica destinada a aquellos trabajadores desempleados que han alcanzado dicha edad y no han conseguido reincorporarse al mercado laboral. Esta ayuda busca proporcionar un soporte económico hasta que el beneficiario pueda acceder a la pensión de jubilación. Es una medida esencial para garantizar la estabilidad financiera de este grupo etario que enfrenta mayores dificultades para encontrar empleo.

La ayuda consiste en una prestación mensual que equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), esto se traduce en 480 euros al mes. Además de la prestación económica, el tiempo que se recibe esta ayuda cuenta para la cotización a la Seguridad Social, lo que significa que los beneficiarios continúan acumulando tiempo de cotización para la pensión de jubilación. El porcentaje de esta cotización es del 125%.

Además, tras la última reforma aprobada por el Gobierno ya no habrá que esperar un mes para poder solicitar esta ayuda cuando se acabe la prestación por desempleo. Eso sí, no podrán pedir este subsidio aquellos que hayan agotado la Renta Activa de Inserción (RAI) o el subsidio extraordinario por desempleo.

Igualmente, ahora es posible compatibilizar el cobro del subsidio para mayores de 52 años con un trabajar por cuenta ajena con determinadas condiciones que puedes leer aquí.

Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Los requisitos para poder acceder a este subsidio son los siguientes: 

  1. Edad. Tener cumplidos 52 años o más en el momento de la solicitud.
  2. Situación de desempleo. Estar en situación legal de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes tras agotar la prestación o subsidio por desempleo.
  3. Cotización.Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, de los cuales al menos dos deben haberse cotizado en los últimos 15 años. Además, al menos seis años deben haberse cotizado por desempleo.
  4. Requisitos para la pensión de jubilación. Cumplir con todos los requisitos para acceder a la pensión de jubilación contributiva, excepto la edad.
  5. Renta. No superar el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) en ingresos propios, excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  6. Compromiso de actividad. Firmar el compromiso de actividad, lo que implica la búsqueda activa de empleo y la participación en acciones formativas y de inserción laboral propuestas por los servicios públicos de empleo.

Ayudas compatibles con el subsidio para mayores de 52 años

Sólo es posible compatibilizar el subsidio para mayores de 52 años con dos ayudas: el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la Renta Mínima de Inserción. Ambas ayudas tienen objetivos y requisitos distintos, pero pueden complementar el subsidio para proporcionar una mayor seguridad económica.

Ingreso Mínimo Vital (IMV)

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva destinada a garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas y familias en situación de vulnerabilidad económica. Está dirigido a hogares cuyos ingresos sean insuficientes para cubrir las necesidades básicas. La cuantía del IMV varía en función de la composición del hogar y sus ingresos. 

El objetivo principal del IMV es reducir la pobreza y promover la inclusión social y laboral de los beneficiarios.

Renta Mínima de Inserción (RMI)

La Renta Mínima de Inserción es una ayuda autonómica que se concede a personas y familias en situación de pobreza y exclusión social. Cada comunidad autónoma en España gestiona su propio programa de RMI, por lo que los requisitos y las cuantías pueden variar. Generalmente, la RMI no solo ofrece una ayuda económica, sino que también incluye planes de inserción laboral y social para favorecer la integración de los beneficiarios en la sociedad y el mercado de trabajo. La cuantía de la RMI también varía según la comunidad autónoma y la situación particular del solicitante.